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SIB 70 LTDA








Categoría:

Vigilantes

Dirección:
Cr 10 9-42, Buga, Valle del Cauca, Colombia
Teléfono:
(57) (2) 2273035



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7 opiniones sobre SIB 70 LTDA
Valoración 3.14285714285714 de 5
 Opinión de vanessa muños en 30/10/2011
sib 70 res una compañia sin sin fundamento humano ustedes no tienes ni la mas minima idea que es una compañia. puesto que pagan remal por ende el servicio que brindan no es nada competitivo cuanto enpiesen a pensar primero en su jente e se dia los clientes reconoseran su compañia como una gran empresa
 Opinión de vanessa muños en 21/12/2011
que lastima con los empleados que trabajan con ustedes. hoy 21 de diciembre 2011 y no les an pajado su prima que por ley les corresponde, que tristeza con esta empresa si es que a eso se le puede llamar empresa
 Opinión de vanessa muños en 22/12/2011
Toda empresa debe pagar a sus trabajadores como prima de servicios, un salario mensual por cada año laborado, o proporcionalmente al tiempo que el trabajador lleve vinculado, cualquiera que este sea. La prima de servicios corresponde a la participación del trabajador en las utilidades obtenidas por la empresa, beneficio que contemplaba la legislación anterior a la vigente. Los únicos trabajadores que no tienen derecho a la prima de servicios, son los trabajadores del servicio doméstico. Anteriormente, los trabajadores ocasionales o transitorios no tenían derecho a la prima de servicios, pero hoy esa norma que consagraba esa excepción [Artículo 306 del código sustantivo del trabajo] fue declarada inexequible en la Sentencia 825 de 2.006 de la Corte Constitucional Colombiana. Así mismo el artículo 306 del código sustantivo del trabajo, establecía que en caso que el trabajador fuera despedido por justa causa, se perdía el derecho a la prima de servicios, aparte que también fue declarado inexequible por la corte constitucional en sentencia C-34 de 2003. La prima de servicios se debe pagar en dos cuotas anuales; la primera a más tardar el último día del mes de junio y la segunda durante los primeros 20 días del mes de diciembre, por tanto, cada liquidación corresponde a un semestre. El salario base sobre el cal se debe calcular la prima de servicios, es el promedio del sueldo devengado en los seis meses que corresponden a cada una de las liquidaciones. Para determinar el promedio salarial sobre el cual se calcula la prima de servicios, se suman los ingresos recibidos por el trabajador en cada mes y luego si dividen por 6 o por el numero de meses si estos son inferiores a 6. Imaginemos que un trabajador laboró desde el mes enero hasta el mes de abril, devengando los siguientes valores: Enero 600.000 Febrero 700.000 Marzo 700.000 Abril 800.000 Total = 2.800.000 Promedio 2.800.000/4 = 700.000 Luego, el salario base para el cálculo de la prima de servicios es de $700.000 La prima de servicios equivale a un sueldo mensual por cada año trabajado, y como el empleado solo trabajó durante 4 meses, debemos entonces determinar la proporción que le corresponde de la prima de servicios por esos 4 meses. Este cálculo podemos hacerlo de la siguiente forma: Tomamos e sueldo base, lo multiplicamos por los días trabajados y lo dividimos entre 360, luego: (700.000 * 120)/360 = 233.334 La formula anterior no es otra cosa que la aplicación de una regla de tres: Prima de servicios por 360 días es de 700.000, ¿cuánto sería entonces por 120 días? 360:700.000 120:x Luego, x = 120×700/360 = 233.334 Como la nómina se debe liquidar mensualmente, semanalmente o quincenalmente, cada vez que se haga esta liquidación se debe calcular la respectiva provisión para la prima de servicios, provisión que equivale al 8.33% de salario liquidado en la nómina, incluyendo el auxilio de transporte. La prima de servicios no constituye salario, por tanto no se tiene en cuenta para pagos de seguridad social ni parafiscales. Las primas extralegales, pueden ser pactadas como ingresos que no constituyen salario, por tanto estas primas no se incluyen dentro del salario base para el cálculo de la prima de servicios. Like Sé el primero en decir que te gusta esta post. This entry was posted in Código Sustantivo del Trabajo, Derecho Laboral, derechos laborales and tagged Liquidación de Prima, Prima de Servicios, Prima Navidad, Prima semestral. Bookmark the permalink. 61 comentarios NAVEGADOR DE ARTÍCULOS? ANTERIOR SIGUIENTE ? 61 PENSAMIENTOS EN “LA PRIMA DE SERVICIOS Y SU CORRECTA LIQUIDACION” aprendan se merecen todas las demandas del caso
 Opinión de EDINSON BEDOYA en 08/07/2012
NO ENTIENDO POR VARIOS GUARDAS DE LA SIB-70 HABLAN MAL DE LA EMPRESA QUE LES DA EL SUSTENDO DE LAS FAMILIAS DE CADA GUARDA. TODA LA CULPA QUE HABLEN MAL DE LA EMPRESA LA TIENEN LOS VIGULANTES DEL HOSPITAL DIVINO NIÑO EMPESANDO POR EL SEÑOR ARIAS QUE LO DEJAN SIEMPRE Y ES EL MAS DICIOSIADOR DE TODAS LAS EMPRESAS HABLA MAL Y SE SIRVE DE ELLAS PER O LA EMPRESA NO ES MALA SINO LOS QUE PRESTAN EL SEVICIO DE VIGILANCIA NO LOS GERENTES NI EL PERSONAL ADMINITRATIVO SI SON LOS GUARDA S QUE REPRECENTAN LA EMPRESA . HAY VARIOS GUARDAS QUE TRABAJAN CON LA SIB-70 Y HABLAN DE ELLA QUE LASTINA EL PERSONAL ADMINISTRATIVO LUCHANDO Y LOS GUARDAS TRABAJANDO MAL Y RAJANDO DE LA EMPRESA
 Opinión de LUIS ANGEL HENAO AGUIRRE en 10/10/2013
Bueno,aunque no vivo en Buga,ni he trabajado en esa empresa de seguridad,por una amistad respetuosa con la señora Lida vanegas,mi experiencia en el ramo,considero importante colaborar con su empresa,sin que ello se tome como una critica,sino como unsencillo aporte al personal administrativo quien debe pensar mucho en la calidad del personal que contrata,primero porque debe estar muy bien seleccionado,con base a su experiencia,formacion academica,referencias laborales,familiares aunque estas a veces tienen falencias,y el estudio de seguridad con base en documentos cuya autenticidad se debe comprobar para prevenir falsificaciones,se debe tener en cuenta su formacion militar en lo posible, porque. esta le da al hombre la serenidad suficiente en la toma de desiciones al momento de un procedimiento. Hacerle una visita domiciliaria,donde se observen aspectos familiares,formacion de la familia,valores,situacion actual con la familia,el trato,el caracter del individuo o la mujer que ingresa,la obligacion que tiene el aspirante con relacion a su familia,hasta las calificaciones de escuela y colegio,asi como los logros de cada aspirante en las empresas donde haya laborado,son basicamente las mas importantes para que sea incorporado.Otros aspectos quesu empresa debe tener en cuenta en cada individuo al ingresar a su empresa,es su pensamiento con relacion a la actual situacion del pais,en lo administrativo,el orden publico, la sociedad, lo que piensa del reglamento de la empresa de seguridad que lo contrata ,el vocabulario que usa es importantisimo porque a travez de este se establece el concepto que tiene el sobre el respeto que debe a sus superiores,compañeros,y personas del comun,entre los que se deben tener en cuenta a los funcionarios que hacen parte de la empresa en la que va prestar sus servicios ,en fin creo que si usted señor administrador,le ha hecho a su aspirante un buen examen psicologico,puede estar seguro que este ultimo aspecto,le va a dar un 80 por ciento del nivel.Hay una expresion valida..lA EXPERIENCIA NO SE IMPROVISA. No olvidar el buen trato que debe el administrador o demas funcionarios de su empresa a cada persona que labora para ella,pues este se refleja en su servicio, ah..y logicamente una buena concientizacion de los haberes que devengara en su empresa son un complemento quiza el mas importante en su rendimiento. Por ultimo, seria benefico que al personal activo,le impartan unas charlas sobre relaciones humanas,buscando mejorar su autoestima.
 Opinión de andres hidalgo en 06/01/2015
Estoy buscando empleo si me dan la oportunidad. De trabajar. Con ustedes.. grasias
 Opinión de alexander collazos en 08/04/2015
ola buenas tardes labore con ustedes en la ciudad de palmira valle mi desempeño fue excelente cuento con buenas recomendaciones de mis superiores y con el gartitud de los clientes en los diferentes puestos que preste mi servicio quisiera de antemano me tuvieran en cuenta paar nuevamente poder poner a su disposicion mi experiencia y competitividad estoy grandemente agradecido con su colaboracion durante mi permanencia de antemano mis mayores deseos de que sigan como van
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Mapa de SIB 70 LTDA en Cr 10 9-42, Buga, Valle del Cauca, Colombia

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